Muestra del ambiente de inseguridad y ejemplo de violencia gratuita pudo ser la agresión hecha a Francesc Amat, vicario de Sant Pere de Vilamajor, que es golpeado en la cabeza sin motivo aparente por tres jóvenes que no eran de la villa, Cebrià Canyelles de Cardedeu, Esteve Giner de la Roca y Bonanat Forts, hijo del rector de Santa Agnes de Malenyes.
El hecho es que estos jóvenes hacían ruido («meteren só») cerca de la casa del clérigo, molestándolo, ya que se encontraba enfermo. Éste les pide que se vayan. Como no le hacen caso, sale de la casa armado («pres ballesta, e crots e passadors») y los tres hombres huyen. Entonces decide seguirlos para averiguar quienes eran. Cuando los encuentra recibe una grave paliza:
«E llavors los dits tres homes partiresen d’aquí. Lo dit Ffrancesc volent saber qui eren anal.se’n detrás. E com fou en la dita vila ell trobà, segons que lo dit Ffrancesc dix .III.ªhomes ço és en Cebrià Canyelles de Cardedeu , Sthefans Giner de la Rocha i en Bonanat forts, fill del rector de Sancta Agnes, qui.l bateren bé. E per això ell meté so de viafors».
El vecindario acudió a ayudarle al pedir auxilio («meté so de viafors»). Posteriormente el «batlle» de Vilamajor apresaría a los culpables y abrió un roceso, del que envía una copia de la inquisición al tribunal episcopal. Sólo nos ha llegado el «translatum» de la encuesta que hizo el «batlle».
Entre la documentación estudiada encontramos diversos traslados de «informatios» que se instruyeron en tribunales seglares. En el citado proceso de 1404 del «batlle» de Cardedeu y Vilamajor contra Cebrià Canyelles, Esteve Diner y Bonanat Forts, los cuales habían dado una paliza al vicario de la iglesia de Vilamajor, el «batlle» recoge las declaraciones de testimonios y posteriormente envia una copia a la curia episcopal. Sólo se ha conservado el traslado de la inquisición del «batlle».
Desconocemos, por tanto, si el tribunal eclesiástico evocó la causa. Quizás no llevó a cabo ninguna diligencia posiblemente porque no le importaría que la causa fuera procesada por el tribunal seglar, ya que, aunque la víctima era eclesiástica, los acusados no eran clérigos, y daría por bueno el posible castigo impuesto por el tribunal seglar. No obstante, se trata de una suposición ya que no hemos encontrado documentos que lo corroboren
Font: SERRANO SEOANE, Yolanda. El sistema penal del Tribunal Eclesiástico de la Diócesis de Barcelona en la Baja edad Media. Primera parte. Estudio
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